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PRESENTACIÓN
El día 1 de Diciembre de 2.004, a las 12.30 horas, se firma en Barcelona, el Acta de Constitución de la
ASOCIACIÓN NACIONAL DE CRIMINALISTAS Y EXPERTOS EN CIENCIAS FORENSES
"ANCREF”,
que se presenta conjuntamente con sus Estatutos, al amparo de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de Marzo, pasando a inscribirse en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, el 24 de Febrero de 2.005, bajo el nº 584510.
La ASOCIACIÓN NACIONAL DE CRIMINALISTAS Y EXPERTOS EN CIENCIAS FORENSES
"ANCREF”, es una entidad con personalidad jurídica propia, que reúne a DIVERSOS profesionales pertenecientes a la RAMA CRIMINALÍSTICA.
Todos sus miembros son Titulados Universitarios, y/o de reconocido prestigio en sus diversas especialidades dentro del mundo forense.
Criminalística. Titulados Universitarios.
Salidas profesionales
Actividad profesional de criminalista por designación de la parte
legítima en procedimientos judiciales en las temáticas de inspección
técnica-ocular, lofoscopia, balística, trazas instrumentales,
accidentología y otros ámbitos de las ciencias forenses que no estén
especialmente acotados a otras titulaciones específicas.
Participación en el turno de oficio y listados de designación judicial
como criminalista en procedimientos judiciales.
Orientación criminal para instituciones o entidades, valoración de
procedimientos, metodología, informes en el ámbito general de la
criminalística y el propio específico que el titulado esté capacitado.
Competencias específicas
- Capacidad para ser denominado como perito criminalista por designación
judicial. El titulado es capaz de realizar informes en los que se
combinan varias tecnologías científicas dirigidas a la aclaración de un
hecho ilícito para su aportación como prueba en un procedimiento
judicial.
- Capacidad para coordinar los dictámenes de varios especialistas e
incluirlos en un informe en que este profesional hace una integración
criminalística conjunta y extrae unas conclusiones que implican un nuevo
dictamen criminalista combinado. El titulado es capaz de aprender a
integrar recursos y sumar métodos y técnicas de la criminalística por
llegar a un dictamen global combinado.
- Capacidad para valorar y orientar al juez desde el punto de vista de
la criminalística sobre la idoneidad o sobre la contradicción de los
informes técnicos de la prueba aportados al procedimiento. El titulado
es capaz de analizar críticamente las aplicaciones técnicas argumentadas
en el conjunto de dictámenes de las especialidades criminológicas
aportados a la prueba judicial.
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Artículo 24.
1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los
jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses
legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.
2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por
la Ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de
la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones
indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de
prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí
mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
La Ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto
profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente
delictivos.
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